21 de noviembre de 2024

Reservan candidatura del Distrito II para personas con discapacidad

En paridad, los lineamientos garantizan la postulación de mujeres en igualdad en las elecciones de diputaciones locales y ayuntamientos.

  • Partidos Políticos aceptan la propuesta del IEEBCS y finalmente aprueban el Proyecto de Acuerdo en materia de paridad y grupos prioritarios

Con la reserva del Distrito Local Electoral II para postular exclusivamente personas con discapacidad el Consejo General del Instituto Estatal Electoral, aprobó en sesión extraordinaria los lineamientos que determinan los criterios aplicables para el cumplimiento de la paridad e inclusión en las postulaciones e integración del congreso y ayuntamientos del estado de Baja California Sur, para el Proceso Local Electoral (PLE) 2023-2024.

En la sesión, se explicó que el documento aprobado se deriva de un gran trabajo realizado en donde se llevaron a cabo consultas a los diferentes grupos de atención prioritaria en todo el estado, mesas de trabajo, conversatorios, entre otros. Con la presencia de representantes de diversos sectores de la sociedad, Consejeras y Consejeros Electorales y representaciones de partidos políticos.

En cuanto a la paridad, los lineamientos garantizan la postulación de mujeres en condiciones de igualdad en las elecciones de diputaciones locales por los principios de mayoría relativa y de representación proporcional, así como en ayuntamientos.

Así mismo, dichos lineamientos permitirán la representación efectiva de los grupos de atención prioritaria dándole oportunidad a las personas con discapacidad contender por una diputación local en el distrito 2.

En lo que respecta a los grupos afromexicanos, de la diversidad sexual y jóvenes se manejará de acuerdo con el Artículo 102, numeral 3, de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Baja California Sur, el cual establece que los partidos políticos en lo individual, en candidatura común o en coalición en todas sus modalidades, deberán registrar para las diputaciones locales por el principio de mayoría relativa una fórmula perteneciente a cada uno de estos grupos.

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