Proponen en BCS que cónyuges que cuidan a sus hijos reciban pensión alimenticia aunque trabajen

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La Paz, Baja California Sur.– Una iniciativa presentada en el Congreso de Baja California Sur busca que los cónyuges que se encargan del cuidado de sus hijos puedan recibir alimentos provisionales tras la disolución de un matrimonio o concubinato, incluso si cuentan con un empleo remunerado.

La propuesta fue presentada por la diputada Cristina Contreras Rebollo, de Morena, quien planteó reformar el artículo 305 D y adicionar el artículo 453 del Código Civil estatal, con el objetivo de que tener un trabajo no sea motivo automático para excluir a una persona del derecho a recibir pensión alimenticia.

Actualmente, el artículo 305 D establece que los alimentos provisionales pueden incluir a los hijos y al cónyuge encargado de su cuidado, siempre que este último no desempeñe un trabajo remunerado.

La legisladora argumentó que contar con un salario no garantiza que una persona pueda cubrir sus necesidades económicas, especialmente cuando las responsabilidades de cuidado limitan sus posibilidades de ampliar su jornada laboral o acceder a empleos con mejores condiciones.

Como fundamento, la iniciativa retoma un criterio de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que determinó que tener un empleo no demuestra por sí mismo que una persona pueda satisfacer sus necesidades económicas, particularmente cuando existen desventajas derivadas de las labores domésticas y del cuidado de los hijos.

La propuesta fue turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales y de Justicia del Congreso estatal, donde será analizada para la elaboración del dictamen correspondiente.

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